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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803831
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1642
REVISION FISCAL, AGRAVIOS EN LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1642
Para el efecto de resolver la revisión fiscal, que se tramita según las reglas de la revisión en el juicio de amparo, no debe suplirse la deficiencia de los agravios.
Precedentes
Revisión fiscal 253/51. Procuraduría Fiscal de la Federación (Román Toledo Severino). 23 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.