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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803838
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 270
SENTENCIAS DE AMPARO, CUMPLIMIENTO DE LAS (QUEJA PROCEDENTE).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 270
Si la autoridad responsable ha querido dar cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en diverso amparo, se trata, pues, del cumplimiento de la ejecutoria de amparo que la referida autoridad responsable creyó dejar satisfecho en determinada forma y no de un nuevo acto autónomo y desvinculado de la ejecución del fallo. Ahora bien, si la parte quejosa considera que la ejecutoria pronunciada no sólo tuvo el efecto que le dio la responsable, se está en un caso específico de ejecución, que no da motivo para promover en su contra un nuevo amparo, ya que lo procedente es el recurso de queja por defecto o exceso de ejecución, en el cual y con análisis de la ejecutoria pronunciada y las pretensiones de la autoridad responsable y de la parte quejosa sobre su cabal y exacto cumplimiento, se decidan los alcances legales de aquélla y la forma de dejarla fielmente cumplida.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2717/54. Agencia Comercial y Marítima Heymen Eversbusch y Compañía y coags. 20 de abril de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.