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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803887
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 388
REVISION EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 388
La consecuencia de declarar procedente el agravio expuesto con referencia genérica a la sentencia, pero de cuyo texto se infiere patentemente que sólo combate el punto resolutivo por el que se concedió el amparo al demandante, deberá ser la confirmación del punto por el que se sobreseyó en el juicio de garantías, sin perjuicio del sobreseimiento que se decrete por presentarse una nueva causa de improcedencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3391/54. Chapa Maltos Fernando. 25 de abril de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.