Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/803914
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803914
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 498
IMPRUDENCIAS, CONCURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 498
El concurso de imprudencias no determina la absolución de quien la haya demostrado en grado menor, sino la condena de todos los culpables, porque la teoría de la compensación de las culpas ha quedado abandonada desde hace mucho tiempo, por contraria a la finalidad de las sanciones penales y por constituir un atentado a los derechos de la sociedad en la represión de los delitos.
Precedentes
Amparo penal directo 2468/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.