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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2307
REVISION FISCAL, AGRAVIOS EN LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2307
Son inoperantes los agravios, para los efectos de la revisión fiscal, cuando el recurrente no hace sino reproducir, casi en términos textuales, los conceptos expuestos en su demanda, que ya hayan sido examinados y declarados sin fundamento por la Sala a quo, si no expone argumentación alguna para impugnar la legalidad de la sentencia de dicha Sala, mediante la demostración de violaciones a la ley de fondo o forma, en que incurra tal sentencia, puesto que no reúnen los requisitos que la técnica jurídico procesal señala para el efecto, y deben desecharse y, en consecuencia, confirmarse en todas sus partes el fallo recurrido.
Precedentes
Revisión fiscal 121/54. Chapas y Triplay, S.A. 21 de septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.