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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803923
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 11

DERECHO DEL TANTO DEL ARRENDATARIO, LA VENTA EFECTUADA ES VALIDA AUN CUANDO SE HAYA REALIZADO SIN DAR AVISO PARA HACER USO DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE TABASCO).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo directo 5064/63. Manlio Priego Martínez. 11 de mayo de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Registro digital (IUS): 803923