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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXI, Primera Parte; Pág. 55
COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE DIVORCIO.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXI, Primera Parte; Pág. 55
Si bien la acción de divorcio es de estado civil, para el simple efecto de resolver la competencia, es asimilable a la acción personal, y consecuentemente, para decidir la controversia que se suscita para conocer de dicha acción, entre Jueces de distintas entidades, bastará determinar cual es el domicilio del demandado, cuando no exista en forma evidente la sumisión expresa ni tácita del mismo a la jurisdicción de un Juez ajeno al de su domicilio
Precedentes
Competencia 60/54. Suscitada entre el Juez Cuarto de lo Civil y de Hacienda de la Ciudad de Guadalajara, Jalisco y el Juez de Primera Instancia de Zimpán, Hidalgo. 13 de enero de 1960. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.