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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803969
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 627
RULETEROS, CUANDO NO SON TRABAJADORES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 627
Negada la relación de trabajo por los demandados, correspondía a los choferes actores demostrar su existencia; y si éstos no probaron tal relación contractual, y además, uno de los demandados acreditó fehacientemente que el contrato que lo ligó a los actores fue de naturaleza civil, pues se trataba de un contrato de arrendamiento del vehículo, ya que no había dirección técnica ni salario, y los actores pagaban un precio por dicho arrendamiento y compraban directamente el combustible que requería el funcionamiento del vehículo, en tales condiciones, la Junta responsable obró legalmente al dictar un laudo absolutorio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2001/54. Santillán Carlos y coags. 6 de mayo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.