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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 633
REPARACION DEL DAÑO (DAÑO EN PROPIEDAD AJENA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 633
No resulta excesivo el monto de la reparación del daño por el delito de daño en propiedad ajena cometido por imprudencias, si se fijó atendiendo al que se habría de reparar y en función estricta de las pruebas obtenidas en el proceso (y no a la simple estimación pericial), así como a la capacidad económica del obligado a pagarla.
Precedentes
Amparo penal directo 968/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.