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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804005
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 676
TENTATIVA (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 676
Por lo que se refiere al grado del delito, la legislación penal poblana, siguiendo lineamientos establecidos por el código sustantivo del Distrito Federal, que borró el casuismo de la anterior codificación de Martínez de Castro, establece un solo precepto, el número 12, comprendiendo el mayor número de fases de la trayectoria de la acción criminal incompleta, mediante la elástica fórmula de la tentativa. Dentro de esa amplia fórmula caben las siguientes fases del iter criminalis: la tentativa inacabada o conato, la tentativa imposible o delito intentado y la tentativa acabada o delito frustrado.
Precedentes
Amparo penal directo 218/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no menciona el nombre del promovente. 12 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.