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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804007
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 677
TENTATIVA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 677
Si el reo realizó deliberadamente los actos propios del ilícito, ejecutando el hecho encaminado directa o inmediatamente a su consumación, la que no se verificó por causas ajenas a su voluntad, al presentarse una persona a auxiliar a la víctima, en esa virtud, la gradación que corresponde a la fase realizada y examinada, es la del delito frustrado o tentativa acabada.
Precedentes
Amparo penal directo 218/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.