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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804025
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 722
TRABAJADORES DEL ESTADO. DICTAMENES DE LA COMISION DE ESCALAFON.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 722
Las comisiones de escalafón no tienen la categoría de autoridades ni están investidas de imperio para hacer obligatorias sus decisiones, y por ello los dictámenes relativos se elevan a los titulares de las diferentes dependencias del Ejecutivo, para que éstos hagan las designaciones, esto es, expidan los nombramientos que constituyen precisamente los actos de autoridad que determinan las relaciones de trabajo entre los empleados y el poder público. Por tanto, el simple dictamen no puede establecer un principio de prescripción.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1186/54. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 3 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Guzmán Neyra. La publicación no menciona el nombre del ponente.