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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804095
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 931
PRUEBAS EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 931
La eficacia de una prueba pericial balística, de una pericial médica y una inspección judicial, depende esencialmente, de que la materia a demostrar por esos elementos probatorios, esté nítidamente evidenciada en el sumario y, en esta virtud, los elementos probatorios mencionados carecen de valor al orientarse a demostrar situaciones contradictorias e hipótesis inconsistentes.
Precedentes
Amparo penal directo 5002/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Teófilo Olea y Leyva no votó en este asunto por la razón que se expresa en el acta del día. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.