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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804100
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 959
PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 959
La premeditación entraña la resolución de cometer el delito, mantenida durante un lapso más o menos largo, por lo que, aun en el caso de admitirse que el reo fue a su casa para proveerse de una pistola y cometer el delito, si la resolución no podía referirse al occiso, sino a otra persona, no puede hablarse de la resolución de cometer el delito en relación con persona diversa a aquélla a quien racionalmente podía haber tenido voluntad de dañar, e indebidamente se calificó el delito como premeditado.
Precedentes
Amparo penal directo 3457/51. Ramírez Martínez Marciano. 16 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.