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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804107
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LII, Primera Parte; Pág. 46
COMPETENCIA LABORAL, CUANDO NO EXISTEN PRUEBAS QUE JUSTIFIQUEN QUE UNA EMPRESA OPERA POR CONCESION FEDERAL.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LII, Primera Parte; Pág. 46
Si de los autos no aparece constancia alguna que demuestre que efectivamente el demandado tenga una concesión federal ni qué secretaría hizo la concesión, ni si sólo se trata de un permiso y no de una concesión, casos diferentes pues no existe ni siquiera dato alguno que indique a qué se dedica la empresa de que los actores dicen es propietario el demandado, no se está en el caso de la fracción XXXI del artículo 123 de la Constitución General de la República, y por lo mismo la competencia corresponde a las autoridades del orden común.
Precedentes
Competencia 53/55. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Campeche y la Junta Federal de Conciliación Accidental de la ciudad de Campeche. 31 de octubre de 1961. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Agapito Pozo.