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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804120
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 977
SEGURO SOCIAL. LA OBLIGACION DE PAGAR APORTACIONES O CUOTAS ES DE CARACTER FISCAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 977
La Suprema Corte, a través de la Segunda Sala, ha sostenido que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley del Seguro Social, la obligación de pagar cuotas y demás subsidios al Instituto Mexicano del Seguro Social tiene un carácter netamente fiscal y dicho instituto constituye un organismo fiscal autónomo; por lo que el conocimiento de las resoluciones del consejo técnico del mismo cuando crean un crédito fiscal a su favor sin ulterior recurso administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 160, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, es de la competencia del Tribunal Fiscal.
Precedentes
Revisión Fiscal 179/52. Instituto Mexicano del Seguro Social (Envases del Pacífico, S. A.). 16 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.