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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804178
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1151
REVISION FISCAL Y REVISION EN AMPARO. REQUISITOS PARA QUE PROSPEREN.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1151
La Suprema Corte ha sostenido que para que prospere el recurso de revisión se requieren dos requisitos: primero, que se objeten todos y cada uno de los fundamentos y razones en que se sustenta la sentencia de primera instancia y, segundo, que los agravios sean fundados. Cuando no se objeta uno de los fundamentos del fallo, es innecesario estudiar los agravios, ya que aun en la hipótesis de que se declararan fundados, necesariamente tendría que confirmarse la sentencia recurrida ya que la concesión del amparo seguiría regida por ese fundamento, que no puede ser revisado oficiosamente por la Corte. Ahora bien, la tesis anterior es aplicable al recurso de revisión fiscal.
Precedentes
Revisión fiscal 76/54. Tesorería del Distrito Federal (Visniewitz Fass Rafael). 23 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.