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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804187
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 474
SUBARRENDAMIENTO, DESOCUPACION EN CASO DE (INTERES JURIDICO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 474
Aunque el fallo combatido haya sido omiso porque nada resolvió respecto de la acción intentada contra el subarrendatario sobre desocupación y entrega a la quejosa, de un inmueble, dicha omisión no es eficaz para que ésta pueda obtener la protección constitucional, en virtud de que con ella no se afectan en manera alguna sus intereses jurídicos, si al resolverse sobre la rescisión de contrato exigida del arrendatario, se devolvió a éste y quedó en vigor el contrato de arrendamiento, pues la quejosa no pudo disponer de la cosa arrendada mientras ese contrato siguiera surtiendo sus efectos.
Precedentes
Amparo civil directo 1247/51. Aguirre de Arche Rosa. 21 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.