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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1236
TESTIGOS EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1236
No era necesario que las personas que depusieron contra el quejoso dieran la razón fundada de su dicho, si no sólo fueron testigos de los hechos, sino que actuaron como protagonistas en los mismos y, por tanto, resultaba innecesario que dijeran por qué conocían los hechos sobre los cuales declaraban.
Precedentes
Amparo penal directo 6008/50. Flores Bonilla Alfredo y coag. 28 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.