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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804214
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 700
TESTIGOS, FALSEDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 700
No debe concedérsele valor probatorio, por su ineficacia, a la testimonial de quien depuso en un asunto conexo sobre que un hecho era cierto y que después fue declarado falso judicialmente, ya que este antecedente revela falta de imparcialidad y probidad.
Precedentes
Amparo civil directo 3185/53. Porter Iglesias Carmen. 28 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.