Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/804224
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1331
TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1331
La prescripción de la acción de reinstalación no se encuentra comprendida entre los casos de excepción a que se refiere el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, sino en la regla general fijada en el artículo 86 del mismo estatuto, que establece que las acciones que nazcan de la ley y del nombramiento otorgado en favor de los trabajadores y de los acuerdos que fijan las condiciones generales de trabajo, prescriben en un año.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2264/55. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 30 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.