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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 791
TELEFONOS DE MEXICO, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL DELITO DE ABUSO DE CONFIANZA EN CONTRA DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 791
Si con el delito de abuso de confianza que dió origen a una controversia, no se afectaron en lo más mínimo los servicios que presta la sociedad anónima "Teléfonos de México", esto hace inaplicable el artículo 5o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, y la competencia es de los tribunales del fuero común.
Precedentes
Competencia 42/54. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal y Tercero de la Primera Corte Penal de México, D. F. 4 de noviembre de 1954. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.