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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 802
PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 802
Si entre el momento de concepción de su designio criminoso, que lo fue a partir del instante en que concibió tal designio, esto es, cuando se dirigió a su casa en busca del arma con la que dio muerte al ofendido, y al través de la búsqueda de su víctima, se hace ostensible la perseverante resolución del reo de vengar un ultraje recibido, supuesto que ello evidencia su persistente propósito de matar o herir, se ve que su conducta no sólo hace ostensible esa deliberación que precede a todo acto lesivo de intereses protegidos por el Derecho, sino que aun concurre con la acción lo que el Derecho material designa como preordenación de medios, esto es, cuando el agente se hace de los objetos que va a utilizar como instrumentos del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 3689/51.Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.