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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1212
SINDICATOS, FACULTADES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1212
Cuando un sindicato tiene la facultad contractual de ordenar o solicitar de la empresa un acto determinado, la empresa sólo está obligada a obsequiar esta orden o solicitud cuando se apega al contrato o a la ley, y no debe acatarla en el caso de que constituya una disposición arbitraria, sin fundamentos legal o contractual y sin llenar los requisitos establecidos para el caso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 429/54. Petróleos Mexicanos. 17 de noviembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.