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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1845
TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO, CARACTER DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1845
La tercería excluyente de dominio no constituye un título de propiedad, ya que su único efecto es cancelar o levantar un embargo, de manera que para el tercero excluyente de dominio no va a tener efectos, de propiedad la sentencia estimativa de una tercería de preferencia, sólo repercutible en la graduación de créditos.
Precedentes
Amparo civil directo 2215/51. Ojeda Servín Jesús. 16 de enero de 1952. Mayoría de tres votos. Disidente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: José Castro Estrada.