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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 247
VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 247
La calificativa de ventaja se configura no solamente empleando un arma al privar de la vida a otro que se encuentra inerme, sino que requiere un principio de premeditación, consistente en aprovechar esta circunstancia para no correr riesgo alguno de ser muerto o herido por el ofendido, al tenor de lo que dispone el artículo 317 del Código Penal Federal; y no se integra si, según la mecánica de los hechos, se trata de un homicidio determinado por la excitación alcohólica.
Precedentes
Amparo penal directo 4065/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de julio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Luis G. Corona. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.