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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804418
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 269
TESTAMENTOS, INTERPRETACION DE SUS CLAUSULAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 269
Establecido en un testamento que el de cujus legó a una persona la casa habitada por ella, el hecho de que el legatario ocupe una casa de las varias en que se dividió un inmueble, y comprobado que estaba encargado de dicha finca y que cobraba rentas a los demás a quienes habitaban las casas, es indudable la intención del testador de legar únicamente la casa habitada por dicho legatario; por tanto, es infundada la pretensión de que el legado se refiere a todo el inmueble, ya que comprobado que las otras partes estaban habitadas por terceros, el mismo legatario no las habitaba.
Precedentes
Amparo civil directo 1193/54. Méndez viuda de Ohrner María de Jesús. 9 de julio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y Gabriel García Rojas. Relator: José Castro Estrada.