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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804477
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 531
RETROACTIVIDAD DE LA LEY.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 531
Una ley es retroactiva cuando vuelve sobre el pasado, sea para apreciar las condiciones de legalidad de un acto o para modificar o suprimir los efectos de un derecho adquirido; por lo que si la resolución impugnada se pronunció en veintinueve de enero de mil novecientos cuarenta y tres, la responsable no pudo aplicar retroactivamente el Código Civil de mil ochocientos sesenta y nueve, puesto que se trata de una ley expedida con anterioridad al procedimiento actual.
Precedentes
Amparo civil directo 1663/43. Rodríguez Figueroa Guillermo. 19 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.