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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804479
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 422
SENTENCIAS DE AMPARO. RESERVA DE CRITERIO DE LA MAYORIA DE LA SALA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 422
Aunque en una ejecutoria de amparo se hubiera hecho una afirmación sobre determinado punto, ésta no puede tomarse en cuenta al ejecutarse dicha sentencia, si la mayoría de los componentes de la Sala reservaron su criterio respecto de dicho punto.
Precedentes
Queja en amparo civil 734/43. Barajas Estrada Pedro. 22 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.