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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804497
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 648
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 648
No obstante que no quedó perfectamente precisado que el ofendido haya continuado el ataque contra el reo en el exterior del establecimiento donde comenzó, debe estimarse que el acto de lesionar que ejecutó el acusado se registró dentro de un estado de riña que se había iniciado en el interior de ese establecimiento, si no consta que entre el golpe que el hoy occiso le propinó al reo y el instante en que éste lesionó a aquél, haya transcurrido un lapso que hiciera considerar la discontinuidad en el desarrollo de los sucesos.
Precedentes
Amparo penal directo 970/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.