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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 701
PROFESIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 701
La Ley Reglamentaria del Ejercicio Profesional del Estado de Michoacán, en cuanto determina las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deben llegarse para obtenerla y las autoridades que han de expedirla, no pugna con precepto alguno de la Constitución.
Precedentes
Amparo civil en revisión 691/54. Escobedo Pedro y coags. 23 de julio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: Hilario Medina. Relator: José Castro Estrada.