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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 718
TRABAJADORES, RESCISION DEL CONTRATO DE LOS, POR FALTA DE PROBIDAD.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 718
Si los trabajadores usaron tarjetas de salud falsificadas, entregándolas a la empresa, como si fueran auténticas, configuran aquéllos, la causal de rescisión del contrato de trabajo a que se refiere el fracción II del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, ya que es patente la falta de probidad de los citados trabajadores al presentar tarjetas falsificadas para hacerse aparecer como individuos sanos en una fábrica de productos alimenticios.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1893/53. Domínguez José y coags. 23 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agapito Pozo. La publicación no menciona el nombre del ponente.