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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804529
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 354
FIADOR EN EL AMPARO, OBLIGACION DEL. (JUICIO SOBRE DESOCUPACION Y PAGO DE RENTAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 354
Si el fiador se obligó a responder de los perjuicios que se le causaran a la quejosa con motivo de la suspensión del lanzamiento decretado en un juicio sobre desocupación, no deben entenderse como perjuicios originados por la suspensión la falta de pago de rentas de los locales materia de la desocupación, porque la suspensión sólo afectó al juicio sobre desocupación y no al de pago de rentas, y porque concluida la providencia de lanzamiento, la quejosa pudo continuar la sustanciación del juicio sobre pago de rentas, precisamente en contra de quien se encontraba legítimamente obligada para responder del pago de esas prestaciones.
Precedentes
Amparo civil directo 425/38. Comunidad de Herederos de Saturnino A. Sauto. 14 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.