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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804587
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 963
HOMICIDIO SIMPLE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 963
Si al consumarse el evento criminoso no concurrieron ni circunstancias excluyentes del injusto ni modificativas del mismo, como lo es la riña, consecuentemente la valoración jurídica contempla un caso de homicidio simple intencional, que es aquel que se caracteriza por la ausencia de las circunstancias que excluyen la culpabilidad o la atenúen para los efectos de la sanción penal.
Precedentes
Amparo penal directo 1624/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.