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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 225/2021 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que mediante acuerdo de presidencia del 24 de agosto de 2021 fue desechada por notoriamente improcedente.

Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
804593
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1044

SERVIDUMBRE DE LUZ.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1044

Precedentes

Amparo civil directo 548/54. Galindo de Estévez Guadalupe. 2 de agosto de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y Gabriel García Rojas. Ponente: Gabriel García Rojas. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 225/2021 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que mediante acuerdo de presidencia del 24 de agosto de 2021 fue desechada por notoriamente improcedente.
Registro digital (IUS): 804593