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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804599
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1118
SENTENCIAS, PUNTOS NO RESUELTOS EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1118
Si en el fallo reclamado no se estudiaron todas las cuestiones planteadas en el escrito de contestación a la demanda, procede conceder el amparo para el efecto de que la responsable resuelva exclusivamente los puntos que quedaron pendientes.
Precedentes
Amparo civil directo 4998/53. González Príncipe Carlos. 5 de agosto de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y José Castro Estrada. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.