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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804609
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1180
PROFESIONES COMO PRACTICO, EJERCICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1180
Si costa del expediente que no se recibió al quejoso la prueba que ofreció para comprobar los extremos de haber ejercido una profesión como práctico durante los diez años a que se refieren los preceptos de la Ley Reglamentaria de los Artículos 4o., 5o., de la Constitución, se violan las garantías que otorga el artículo 14 de la Constitución, y por tanto procede amparar al quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 386/54. Estrada de la Torriente Javier. 6 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.