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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804628
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 600
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 600
La acción para pedir la asignación de un puesto al que se cree tener derecho por antigüedad, es de las que prescriben en un año, de acuerdo con el artículo 328 de la Ley Federal del Trabajo; pero en este plazo no debe contarse desde el momento en que se ha boletinado el puesto vacante, sino desde la fecha en que el trabajador haya tenido conocimiento de que le ha sido negada su solicitud para ocupar la mencionada plaza, en virtud de que a partir de ese momento, es cuando puede ejercitar su acción ante los tribunales del trabajo, por habérsele desconocido los derechos que pretende tener.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7892/45. Zertuche Francisco. 7 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.