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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 1082
FIDEICOMISO, FACULTADES DEL FIDUCIARIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 1082
En el fideicomiso, a semejanza del mandatario que actúa en interés y por cuenta de su mandante, el fiduciario actúa en interés del fideicomisario y por cuenta del fideicomitente, y el fiduciario también obra en ejercicio de las facultades que se le han conferido, caso siempre en acatamiento de los artículos 352, 353 y 356 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito y es por esa transmisión de determinados derechos sobre los bienes dados en fideicomiso, por lo que el fideicomitente no puede modificar ni desconocer lo que el fideicomisario ha hecho dentro del campo de las facultades transferidas para la realización del fin perseguido.
Precedentes
Amparo civil directo 2064/52. Acosta Sierra Francisco. 26 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabriel García Rojas no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.