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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1056
SOCIEDAD CONYUGAL EN CASO DE DIVORCIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1056
El hecho de que la esposa deje de habitar la casa común, no implica renuncia a sus derechos de habitarla, ya que está obligada a separarse de ella, y esta circunstancia no puede crear una prescripción negativa para declarar extinguidos sus derechos sobre los frutos de dicha casa, porque además implicaría un enriquecimiento sin causa.
Precedentes
Amparo civil directo 4235/52. Mendoza Ugalde Luis. 15 de febrero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: Gabriel García Rojas y Hilario Medina. Ponente: Hilario Medina. Engrose: Rafael Rojina Villegas.