Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/804717
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1737
CONTRATOS, INCUMPLIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1737
Tratándose de contratos bilaterales, basta que una de las partes no cumpla para que la otra pueda abstenerse de cumplir, sin que sea necesario pedir la rescisión para que no haya obligación de cumplir.
Precedentes
Amparo civil directo 1701/53. Figueroa Viuda de Marmolejo Aurora. 12 de marzo de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: José Castro Estrada. Engrose: Rafael Rojina Villegas.