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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2098
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LOS DERECHOS ESCALAFONARIOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2098
Se interrumpe el término prescriptivo, cuando antes de ejercitar su acción para reclamar derechos escalafonarios ante el Tribunal de Arbitraje, el interesado ocurre previamente a la Comisión de Escalafón de la dependencia burocrática en que presta sus servicios con el fin de que le sean reconocidos por el Tribunal de la Dependencia, puesto que el artículo 41 del Estatuto fracción I inciso c), establece que es la Comisión la que hará la determinación de las personas que deban ser ascendidas por haber comprobado su mejor derecho y consiguientemente hasta que la Comisión de Escalafón resuelva el caso, si éste es desfavorable al interesado, estará en aptitud de demandar ante el Tribunal de Arbitraje.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 78/53. Galicia Morales Concepción. 26 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.