Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/804735
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
804735
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2170

SERVIDUMBRES APARENTES, RECONOCIMIENTO DE (LEGISLACION DE GUANAJUATO).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2170

Precedentes

Amparo civil directo 2218/53. Soto Murillo Guillermo y coagraviados. 29 de marzo de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Registro digital (IUS): 804735