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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2295
TIPIFICACION DEL DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2295
La necesidad jurídica de exacta aplicación de la Ley Penal impone a los Jueces de garantías la de concesión del amparo cuando se invoque como base legal para la aplicación de una sanción una norma no exactamente aplicable; de manera que cuando la conductora demostrada no encaja precisamente en el tipo cuya realización se invoca como base para la aplicación de la pena, debe concederse la protección constitucional.
Precedentes
Amparo penal directo 205/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.