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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804748
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2305
TRABAJO, PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2305
Tratándose de un problema técnico médico, como es el de determinar si la enfermedad que tuvo el trabajador es de carácter profesional o no, la Junta tiene que basar su resolución en dictámenes periciales médicos, los cuales sólo puede desestimar con razones convincentes, y si no lo hace viola los artículos 550 y 551 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 510/52. Alvarez Gallegos Bardomiano. 5 de septiembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Martínez Adame.