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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 192
IMPRUDENCIA PUNIBLE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 192
Existe la imprudencia punible sancionada por la ley penal cuando el agente ejecuta un acto sin que intervenga la reflexión, o el cuidado necesarios para evitar el mal que se ocasiona, siendo de todo punto necesario, para establecer la responsabilidad criminal, que estén plenamente acreditados estos extremos durante la tramitación del proceso.
Precedentes
Amparo penal directo 5315/45. Barranco Ojeda José. 14 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.