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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804792
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 729
RIESGO PROFESIONAL
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 729
Si el trabajador fue agredido cuando se encontraba en el desempeño de su trabajo en un lugar completamente aislado, siendo la única persona que estaba en ese lugar, y tales circunstancias propiciaron el crimen de que fue víctima, es evidente que se determinó el riesgo profesional y que, por tanto, la empresa está obligada a cubrir la indemnización correspondiente, independientemente de que el trabajador haya tenido o no enemistades con personas ajenas a la empresa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7933/46. Petróleos Mexicanos. 20 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.