Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/804794
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804794
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2379
TRABAJO, PRUEBAS EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2379
El artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo concede a los miembros de las Juntas la facultad de solicitar el desahogo de diligencias para mejor proveer; pero esto no significa en manera alguna que a pretexto del ejercicio de esa facultad se substituyan a las partes en sus cargas procesales, de suerte que si el actor o el demandado no rinden pruebas de sus acciones o excepciones, alguno de los representantes pueda hacerlo a título de que existe necesidad de mayor instrucción para mejor proveer, pues las pruebas que con este objeto se alleguen, deben contraerse a las que hagan luz sobre aquellos hechos que no se han acreditado con toda claridad o precisión, mas no tender a suplir las omisiones o negligencias de los interesados.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1433/53. Guereña Murillo Manuel. 6 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Martínez Adame.