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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 816
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 816
La reparación del daño no tiene que reducirse en virtud de las difíciles condiciones económicas del reo si, independientemente de que ellas justificaron el móvil del delito, influyendo en la reducción de la pena corporal, el monto de la reparación del daño es inferior al que constituyó el provecho del reo con los delitos cometidos; aparte de que por precaria que sea la situación económica del mismo, eso no impide que cubra dicha reparación, quedando de todos modos reservado el derecho del ofendido para el caso de que el reo mejore de fortuna.
Precedentes
Amparo penal directo 2446/45. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis G. Corona.