Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/804882
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804882
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 597
LEYES, AMPARO CONTRA LA EXPEDICION, PROMULGACION, REFRENDO Y PUBLICACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 597
Si bien es cierto que los actos de expedición, promulgación, refrendo y publicación de una ley se realizan en forma tal que no pueden ya quedar insubsistentes como consecuencia de una ejecutoria, de amparo, debe tenerse en cuenta, sin embargo, que cuando los actos se traducen en la vigencia de la ley ésta a su vez en su aplicación a casos concretos, los actos no deben considerarse como consumados de un modo irreparable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4957/51. Gómez de Sotomayor Pilar. 25 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.